miércoles, 6 de abril de 2011

QUE CONTRATOS LABORALES TIENEN BONIFICACION

A la hora de contrata a un trabajador, las empresas y autónomos barajan toda una serie de variables, como su experiencia, formación, habiliades profionales o dominio de diomas. Sin embargo, hay un aspecto a veces olvidado y que puede hacer caer la balanza en un candidato frente al resto: las ventajas fiscales por incorporar en la plantilla a un empleado con un determinado perfil. Comprobemos algunos de estos casos:
Personas maltratadas: Bonificaciones fiscales en cuotas a la Seguridad social, que en el caso de los contrato indefinidos a tiempo completo es de 850€ anuales para los afectados por violencia doméstica y de 1500 € para las víctimas de violencia de género, durante cuatro años des la contratación. Si es de carácter temporal, la deducción es de 600€ anuales durante toda la vigencia del contrato.
Mujeres y maternidad: Bonificación en la cuenta empresarial a la Seguridad social de 100€ durante los cuatro años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo.
Parados de larga duración: Reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, que podrá aplicarse a las empresas durante un periodo m´zsimo de un año. Si el contrato lo realiza una pyme, la bonificación será del 100% y del 75% para las más grandes.
Empleados en el extrangero: Trabajadores contratdos fuera de España a los que la empresa paga mediante factura. Ahorro del IVA cuando la persona contratada esté fuera de la UE, en cuyo caso las facturas no incluyen este impuesto. Si empresa y trabajador tienen el número intracomunitario, tampoco se paga IVA.
y muchos más como
DISCAPACITADOS, EMPLEADOS DOMÉSTICOS Y QUIENES CUIDEN A NIÑOS, PRIEMER ASALARIADO DE UN AUTONOMO, EXTRABAJADORES DE LOS SECTORES DEL CAZADO JUGUETE Y MUEBLE, PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL, PERSONAL INVESTIGADOR, MENORES DE 30 AÑOS, MAYORES DE 60 AÑOS, PARADOS A PARTIR DE 45 MAYORES DE 65AÑOS.

MAS INFORMACIÓN EN el telefono 650637865 correo electronico: elisa10g@gmail.com, skype: elisa.diez.garcia
www.asesorateonline.es



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