Áreas prioritarias de control en 2011
I. Comprobación e investigación de fraude fiscal
I.1. Control de los obligados tributarios con mayor riesgo fiscal
a. Control de actividades profesionales. Se buscarán ingresos no declarados y gastos ficticios.
b. Control de medios de pago. Búsqueda de movimiento de efectivo de elevada cuantía. Intercambio de información, en el ámbito aduanero, sobre las personas portadoras de medios de pago.
c. Control del fraude en el sector de las subcontrataciones. En especial se controlará a los operadores que hayan cesado, por la especial dificultad de cobro.
d. Control de no residentes, y su relación con cuentas bancarias en territorio español vinculadas a negocios ubicados en España.
e. Control de la situación tributaria de los condenados por delito fiscal.
f. Control de obligados tributarios en regímenes objetivos de tributación. Especial incidencia en las facturas falsas. Se complementará con visitas a los contribuyentes en módulos.
g. Control de no declarantes.
I.2. Control de la economía sumergida
Se realizará de forma coordinada con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o la Tesorería General de la Seguridad Social.
a. Acciones presenciales en locales en los que se desarrollan determinadas actividades.
b. Explotación de la información de actividades económicas intercambiada con Inspección de Trabajo y Seguridad Social o la Tesorería General de la Seguridad Social.
c. Tratamiento de la declaración de consumos de energía eléctrica (modelo 159), y sobre terminales de tarjetas de crédito (modelo 170).
d. Seguimiento de las operaciones de comercio exterior realizadas a través de las aduanas españolas.
e. Control de las actividades derivadas de las importaciones de bienes procedentes de Asia y otros terceros países.
I.3. Lucha contra la deslocalización y la planificación fiscal abusiva
I.4. Control de precios de transferencia
I.5. Control de carácter general
a. Control de tramas de fraude de IVA en operaciones intracomunitarias.
b. Control del sector Inmobiliario.
c. Actuaciones de Control Censal. Se busca un Censo único compartido con las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas.
d. Comprobación de grupos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades y grupos de entidades en el IVA.
e. Control de solicitudes de devolución o compensación.
f. Registro de operadores intracomunitarios y Registro de Devolución Mensual.
g. Control de exenciones y de beneficios fiscales. Afectará especialmente al destino del gasóleo bonificado y adquisición de medios de transporte que pongan de manifiesto una alta capacidad adquisitiva.
h. Control de retenciones.
I.6. Control de comercio exterior y los Impuestos Especiales
a. Prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.
b. Control de las exportaciones, importaciones y ayudas comunitarias a la exportación de productos agrícolas.
c. Control de los Impuestos Especiales.
d. Controles de seguridad y protección en las Aduanas.
e. Investigación sobre el contrabando y el blanqueo de capitales procedentes de dichos actos ilícitos.
I.7. Captación de información, en especial el intercambio internacional de información y con otras Administraciones fiscales
II. Control del fraude en fase recaudatoria
1. Evaluación del riesgo recaudatorio en fase de comprobación inspectora.
2. Control de deudores con incumplimiento sistemático de sus obligaciones fiscales.
3. Personación de los órganos de Recaudación en los expedientes de mayor complejidad recaudatoria.
4. Seguimiento de insolvencias aparentes.
5. Control de procesos concursales.
6. Actuaciones recaudatorias en relación con el delito contra la Hacienda Pública.
7. Impulso de la derivación de responsabilidad.
8. Refuerzo de la adopción de medidas cautelares.
III. Control del fraude en relación con los tributos cedidos
a. Actuaciones coordinadas en relación con las operaciones inmobiliarias significativas.
b. Actuaciones coordinadas en relación con las operaciones societarias exentas de la modalidad Operaciones societarias del ITP y AJD.
c. Comprobación del régimen fiscal de las cooperativas.
d. Control del Impuesto sobre Patrimonio no prescrito y su relación con el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
e. Comprobación de valor de las operaciones inmobiliarias.
f. Intercambio de información con otras Administraciones Tributarias.
g. Análisis de la información recibida de las disoluciones de sociedades, reducciones de capital y préstamos entre personas físicas.
h. Control de exenciones en la importación de medios de transporte, en particular las embarcaciones sujetas al IEDMT y al IGIC.
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